Poder Ejecutivo ordena la suspensión de vuelos internacionales en la República Dominicana.

18 / marzo / 2020

Por: Sebastian Linera | Asociado


Producto de la propagación del virus COVID-19, mejor conocido como Coronavirus, el Presidente de la República, Danilo Medina, en fecha 14 de marzo del 2020, ordenó la suspensión de vuelos desde y hacia Europa, China, Corea e Irán, efectivo a partir del lunes 16 de marzo de 2020 hasta el miércoles 15 de abril de 2020 a los fines de evitar que continuase la propagación del virus.

Sin embargo, el martes 17 de marzo, producto de la declaración de Emergencia Nacional sometida por el Poder Ejecutivo al Congreso, el Presidente ordenó el cierre definitivo de las fronteras, terrestres, aéreas y marítimas, suspendiendo así el resto de los vuelos internacionales desde y hacia República Dominicana, por los próximos quince días, entrando esta medida en vigor el jueves 19 de marzo, a partir de las seis (6) de la mañana.

Solo se permitirá la entrada de aviones ferry para la salida de ciudadanos extranjeros que se encuentren en el país y deseen regresar a sus países de origen. Las solicitudes de vuelos ferry pueden tramitarse ante la Junta de Aviación Civil e Instituto Dominicano de Aviación Civil, respectivamente.

De igual modo, fue anunciado que solo se permitirá la entrada de aviones, buques de carga y combustibles para garantizar suministro a la población dominicana.

El Estado de Emergencia fue declarado oficialmente mediante Decreto 134-20 y se mantendrá vigente por un plazo de 25 días.

El equipo de PELLERANO NADAL está disponible para aclarar cualquier duda que tenga con relación a esta y otras medidas implementadas por nuestras autoridades.

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